⚠️ SENASA abrirá trámite para bovinos sin identificar desde el 27 de octubre

SENASA aplicará desde el 27 de octubre una medida excepcional para identificar y registrar bovinos mayores de seis meses que no tengan identificación individual oficial. El trámite podrá solicitarse una sola vez y no permite movilizar los animales mientras se regularizan.

El Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA) aplicará desde el 27 de octubre una medida sanitaria excepcional para establecimientos con bovinos mayores de seis meses que no cuenten con identificación individual oficial. Los propietarios podrán solicitarla una sola vez, conforme a la Resolución Sanitaria SENASA 029-2026. La institución aclaró que esta medida no prorroga el plazo transitorio establecido.

Para efectuar el trámite, SENASA emitirá una orden sanitaria con la identificación del establecimiento y las condiciones para identificar y registrar los animales. Según Luis Matamoros, director general de SENASA, el procedimiento estará a cargo únicamente de personal de la institución y de personal oficializado del convenio SENASA-OIRSA. Ellos comprobarán los requisitos, la existencia de los bovinos y su vinculación con el establecimiento antes de colocarles los aretes y registrarlos en Trazar Agro.

El productor deberá pagar previamente en la oficina de SENASA más cercana ₡1.832 por animal, o la tarifa vigente cuando se preste el servicio. También deberá comprar los dispositivos de identificación individual oficial a proveedores autorizados.

SENASA recordó que la orden sanitaria no autoriza el traslado del ganado. Los animales deberán permanecer en el establecimiento mientras se completa su identificación y registro.

Que significa para su finca

  • Si tiene bovinos mayores de seis meses sin identificación individual oficial, podrá solicitar esta medida a SENASA a partir del 27 de octubre; solo se aplicará una vez.
  • Para el trámite, contemple el pago previo de ₡1.832 por animal —o la tarifa vigente al recibir el servicio— y la compra de los dispositivos a proveedores autorizados.
  • No movilice los animales amparándose únicamente en la orden sanitaria: SENASA indica que deben permanecer en el establecimiento mientras se identifican y registran.

Fuente: MAG – Ministerio de Agricultura y Ganadería, fuente oficial. Publicado el 2026-10-22. Ver publicacion original.

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