📈 Proyecto plantea eliminar exoneraciones fiscales en subastas de ganado

El Ejecutivo presentó un proyecto que propone derogar exenciones para las comisiones de subastas ganaderas y agrícolas, así como para las transacciones de animales vivos. La iniciativa aún requiere aprobación legislativa y podría cambiar el tratamiento tributario de esas operaciones en Costa Rica.

El Poder Ejecutivo presentó un proyecto de ley que propone derogar varias exoneraciones fiscales, entre ellas las aplicables a las comisiones de subastas ganaderas y agrícolas y a las transacciones de animales vivos realizadas en esos espacios. La iniciativa, titulada «Ley régimen de beneficios fiscales y control del gasto tributario», fue presentada este martes y deberá ser aprobada por la Asamblea Legislativa para que las medidas propuestas puedan aplicarse. El material publicado no indica cuándo se votaría el proyecto ni cuál sería la fecha de entrada en vigor si llegara a convertirse en ley.

La propuesta aborda las derogatorias en dos artículos. El artículo 39 enumera exoneraciones específicas que el Gobierno plantea eliminar. En esa lista aparecen las comisiones cobradas en subastas ganaderas y agrícolas y las operaciones con animales vivos que se realizan en ellas. El texto también menciona beneficios relacionados con otros sectores e instituciones, como servicios y adquisiciones de juntas de educación, asociaciones de desarrollo comunal y Asadas, entre varios casos.

Por aparte, el artículo 40 propone una derogatoria general de exenciones tributarias objetivas previstas en distintas leyes. Según la información divulgada, esta parte se refiere a beneficios vinculados con los derechos arancelarios, el impuesto al valor agregado (IVA), el impuesto selectivo de consumo y el impuesto sobre la propiedad de vehículos, aunque contempla algunas excepciones. La nota no precisa si las transacciones de animales vivos quedarían afectadas por esa derogatoria general además de la derogatoria específica que menciona para las subastas.

El alcance de la propuesta fue comentado por Luis Javier Porras, presidente de la Comisión de Asuntos Tributarios del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica; Francisco Villalobos, socio fundador de la firma consultora ICS; y Mario Hidalgo, socio líder de Impuestos y Legal de Grant Thornton. La información disponible no atribuye a esas personas una estimación concreta sobre cuánto podrían variar los cobros de las subastas ni sobre el efecto final para compradores o vendedores.

Qué se sabe sobre el posible cambio

La medida está planteada como una iniciativa del Ejecutivo, no como una regla ya vigente. Por eso, la mención de una derogatoria no significa que las subastas deban cobrar de inmediato un impuesto que hoy no aplican. Primero, el proyecto tiene que avanzar en el trámite legislativo y recibir aprobación. La nota tampoco ofrece detalles sobre ajustes, plazos de transición o criterios de aplicación para los distintos tipos de subasta.

Para la actividad ganadera, el punto de interés es que el proyecto incluye tanto las comisiones del servicio de subasta como las transacciones de animales vivos. Son conceptos relacionados, pero distintos: uno corresponde al cobro asociado con el servicio y el otro a la operación de compra y venta de animales. Si la propuesta se aprueba en los términos descritos, podría cambiar el tratamiento tributario de ambos conceptos. Sin embargo, con la información publicada no es posible establecer si ese cambio se traduciría en un costo mayor para el productor, en qué monto, o de qué manera cada subasta lo reflejaría.

El proyecto también reúne derogatorias que abarcan otros beneficios fiscales, por lo que su discusión no se limita al sector ganadero. Entre los ejemplos mencionados en la nota están la eliminación de la tarifa reducida del 2 % del IVA para universidades estatales, exoneraciones de impuestos para taxis importados y ambulancias, y beneficios relacionados con maquinaria y equipo del Instituto de Desarrollo Rural. Esa amplitud hace importante distinguir las disposiciones que podrían afectar directamente una operación ganadera de las medidas que corresponden a otros ámbitos.

Qué conviene seguir

Mientras la iniciativa no sea aprobada, lo prudente es tratarla como una propuesta y no modificar decisiones de venta o compra sobre la base de un cambio tributario confirmado. El proyecto tendría que seguir su trámite en la Asamblea Legislativa; la fuente no informa el calendario de discusión ni el estado de sus eventuales cambios. También falta conocer cómo se interpretarían y aplicarían las derogatorias específicas y generales si la iniciativa avanza.

Para los productores, administradores de subastas y organizaciones del sector, el seguimiento debe centrarse en el texto legislativo y en cualquier aclaración oficial sobre comisiones y transacciones de animales vivos. Hasta entonces, no hay en el material una tarifa nueva, una fecha de aplicación ni un cálculo del impacto económico. La decisión legislativa y el contenido final de la norma definirán si cambia el tratamiento tributario señalado por el Ejecutivo.

Que significa para su finca

  • Consulte con la subasta donde vende o compra ganado si ha recibido información oficial sobre el proyecto; la propuesta no equivale a un cambio vigente.
  • Revise por separado los cobros por comisión y el tratamiento de la transacción de animales vivos, porque el proyecto menciona ambos conceptos.
  • Antes de ajustar sus costos o precios, confirme el avance legislativo y el texto final que eventualmente apruebe la Asamblea Legislativa.

Fuente: Google News – Carne, subastas y pastos CR, fuente periodistica. Publicado el 2026-09-23. Ver publicacion original.

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